SUMILLA : SOLICITO NIVELACIÓN DE PAGOS DE BONIFICACIÓN ESPECIAL MENSUAL POR PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN; INCLUYENDO LOS REINTEGROCORRESPONDIENTES, EN BASE A LA RENUMERACIÓN TOTAL
SEÑOR DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DEL CALLAO
PERIQUITO DE LOS PALOTES debidamente identificada con DNI Nro.XXXXXXX, con domicilio real y procesal en XXXXXXXXXXXXXXX, actualmente profesora de Educación Secundaria de la Institución Educativa XXXXXXXXXXX- DREC, con código Modular Nro. XXXXXXXXXXXXXXX.
Que, al amparo del numeral 20, Art. 2º de nuestra actual Constitución Política del Estado, en concordancia de lo establecido en el Art. 106º y 107º de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, normas que obligan a:
“A formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la autoridad competente, la que está obligada a dar al interesado una respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad”.
“…dar al interesado una respuesta por escrito dentro del plazo legal”, acudo por ante su Despacho, a efectos de solicitar:
I. PETITORIO:
Que se proceda a nivelar el PAGO DE LA BONIFICACIÓN ESPECIAL POR PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN, teniendo en cuenta lo establecido en el Art. 48º de la Ley Nº 24029, modificada por Ley Nº 25212 “Ley del Profesorado”, concordante con el Artículo 210º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED-Reglamento de la Ley del Profesorado; debiéndoseme otorgar el porcentaje en base a la remuneración total e integra del 30% de la remuneración mensual.
Que asimismo en su oportunidad se tenga presente la suma devengada por este concepto desde su vigencia de la Ley Art. 109 de la Carta Magna, teniendo en cuenta la fecha del ingreso a laborar como docente hasta la fecha.
Pretensión que la sustentamos en los fundamentos de hecho y derecho que seguidamente exponemos:
II. FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO:
PRIMERO.- Que, la suscrita docente, ingrese nombrado dentro del régimen que regula a la acotada Ley Nº 24029, modificado por la Ley Nº 25212 conforme se encuentra debidamente acreditado con mi Resolución de Nombramiento cuya copia adjunto.
SEGUNDO.- Que, considerando el Art. 48º de la Ley Nº 2409, modificado por la Ley Nº 25212, el 19 de mayo de 1990, durante el primer gobierno del actual Presidente, es que acudo a solicitar que se cumpla con el derecho reconocido y vigente72, referido a la PERCEPCIÓN DE UNA BONIFICACIÓN ESPECIAL MENSUAL DEL 30% DE SU REMUNERACIÓN TOTAL. En efecto, la norma citada y el Art. 210º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED. “Reglamento de la Ley del Profesorado”, establecen en similar redacción que:
“El profesor tiene derecho a percibir una bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total”.
72 Artículo 26º Cons. Política del Estado: En la relación laboral se respetan los siguientes principios:(…)
30. Carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución y la Ley.
31. Interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma.
Atentamente,
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CARMEN TERESA MARTINEZ MARTINEZ
DNI Nro. 08202321
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